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PACO escribió: Y ESE PROCEDIMIENTO EN QUE LEY ESTAAAAAA. POR QUE EN LA LEY DEL NOMBRE NO LO HE ENCONTRADO.
el Art. 21 de la Ldel N. contempla el "Apellido de la mujer casada" no del HOMBRE CASADO, digo yo, y por otra parte el cambio de nombre solo se puede dar en determinados casos y por orden judicial.
o me habré equivocado :huh:
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ABOGADONOTARIOES escribió:
PACO escribió: Y ESE PROCEDIMIENTO EN QUE LEY ESTAAAAAA. POR QUE EN LA LEY DEL NOMBRE NO LO HE ENCONTRADO.
el Art. 21 de la Ldel N. contempla el "Apellido de la mujer casada" no del HOMBRE CASADO, digo yo, y por otra parte el cambio de nombre solo se puede dar en determinados casos y por orden judicial.
o me habré equivocado :huh:
El procedimiento se llama adecuacion del nombre, esta en la ley del nombre (no la ha leido entonces :laugh: ) y se puede poner el apellido que quiera (el que le guste mas: el que tenga su esposa, o Rockefeller, Trump, Poma, Gomez, etc...... el que se le de la gana.)
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PACO escribió:
ABOGADONOTARIOES escribió:
PACO escribió: Y ESE PROCEDIMIENTO EN QUE LEY ESTAAAAAA. POR QUE EN LA LEY DEL NOMBRE NO LO HE ENCONTRADO.
el Art. 21 de la Ldel N. contempla el "Apellido de la mujer casada" no del HOMBRE CASADO, digo yo, y por otra parte el cambio de nombre solo se puede dar en determinados casos y por orden judicial.
o me habré equivocado :huh:
El procedimiento se llama adecuacion del nombre, esta en la ley del nombre (no la ha leido entonces :laugh: ) y se puede poner el apellido que quiera (el que le guste mas: el que tenga su esposa, o Rockefeller, Trump, Poma, Gomez, etc...... el que se le de la gana.)
:huh: MUCHA SUERTE CON ESO, LO FELICITO NO ESTA EN LA ASAMBLEA LEG. PERO YA DA INTERPRETACION AUTENTICA, NO SE TRATA DE LEER SINO DE ENTENDER. MONTE LA ESCRITURA Y HAY NOS CUENTA POR FAVOR EN EL FORO DE ACA A UN AÑO QUE LE DICEN EN NOTARIADO. EL ART.39 L del NombreNO ATIENDE AL CASO QUE FUE OBJETO DE CONSULTA. PERO COMO EN REPETIDAS OCACIONES SE HA DICHO A PESAR DE LA TERQUEDAD DE MUCHOS, CADA QUIEN RESPONDE POR LO QUE MONTA EN SU PROTOCOLO. SALUDOS Y SUERTE (la necesitará).
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ABOGADONOTARIOES escribió:
PACO escribió:
ABOGADONOTARIOES escribió:
PACO escribió: Y ESE PROCEDIMIENTO EN QUE LEY ESTAAAAAA. POR QUE EN LA LEY DEL NOMBRE NO LO HE ENCONTRADO.
el Art. 21 de la Ldel N. contempla el "Apellido de la mujer casada" no del HOMBRE CASADO, digo yo, y por otra parte el cambio de nombre solo se puede dar en determinados casos y por orden judicial.
o me habré equivocado :huh:
El procedimiento se llama adecuacion del nombre, esta en la ley del nombre (no la ha leido entonces :laugh: ) y se puede poner el apellido que quiera (el que le guste mas: el que tenga su esposa, o Rockefeller, Trump, Poma, Gomez, etc...... el que se le de la gana.)
:huh: MUCHA SUERTE CON ESO, LO FELICITO NO ESTA EN LA ASAMBLEA LEG. PERO YA DA INTERPRETACION AUTENTICA, NO SE TRATA DE LEER SINO DE ENTENDER. MONTE LA ESCRITURA Y HAY NOS CUENTA POR FAVOR EN EL FORO DE ACA A UN AÑO QUE LE DICEN EN NOTARIADO. EL ART.39 L del NombreNO ATIENDE AL CASO QUE FUE OBJETO DE CONSULTA. PERO COMO EN REPETIDAS OCACIONES SE HA DICHO A PESAR DE LA TERQUEDAD DE MUCHOS, CADA QUIEN RESPONDE POR LO QUE MONTA EN SU PROTOCOLO. SALUDOS Y SUERTE (la necesitará).
Colega: en que sentido va su comentario? (Y que rayos esta interpretando :laugh: ).
Con todo respeto, esta metiendo las patas....
El señor solo tiene un apellido (entiende?)
El señor quiere saber si puede ponerse el apellido de la esposa (entiende hasta aqui?)
Segun la ley del nombre de la persona natural arts. 3, 7, 14 las personas deben tener dos nombres y dos apelidos (va entendiendo?)
Segun el art. 39 cualquier persona puede adecuar su nombre a la ley (es decir en este caso, ponerse el apellido de la esposa o el que se le de la gana).
No veo en que se perdio colega, ni el por qué de su desafortunado comentario :laugh: .
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