Son políticas internas de las instituciones financieras el NO aceptar un plan de pago para el cobro de la deuda (cuando ya se judicializo el caso por mora), ya que para eso se establece el PLAZO en el contrato de mutuo celebrado, en razón a ello es que a las instituciones financieras como acreedoras les interesa recuperar su plata (es obvio, porque es su "giro"), por lo que la única salida es una negociación"extrajudicial" (pago total de la deuda), para evitar ser involucrado en un proceso de carácter mercantil, sin importar la calidad que tenga en el contrato (deudor o codeudor)