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NVramirez escribió: Puessssssss.. mi humilde opinión es que se puede hacer un Convenio sobre los derechos derivados de la Autoridad Parental; y dentro de estos quien ejercerá el cuidado personal y lo que ello implica: es decir régimen de visitas para el otro y cantidad de alimentos con los que deberá colaborar..
Es decir que si se puede disponer de dichos derechos como padre; pero se llama CONVENIO SOBRE EL EJERCICIO DE LA AUTORIDAD PARENTAL... y se relacionan también los derechos de la LEPINA, donde estudiara, bajo que religión o fe sera educado y sobre todo las causales que podrían modificar dicho convenio...
Como ejemplo que alguno de los padres incumpla con los acuerdos, ya sea el régimen de visitas o dejar de pagar la cantidad de dinero en concepto de cuota alimenticia...
Suerte...
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