Caso de familia

23 Jul 2016 09:26 #1 por AMANDA TORRES
Caso de familia Publicado por AMANDA TORRES
Buenos días colegas, quisiera que me asesoren sobre un caso que me a llegado, pues resulta que una cliente llego a mi oficina y me comento que ella y su esposo se divorciaron en el 2011 y en la sentencia de divorcio se acordó que el cuidado personal de la hija era para el señor y la señora solo la podía tenerla los fines de semana. Hoy lo que sucede es que la hija ya tiene 16 años y quiere vivir con la mamà por que la hija manifiesta que recibe muchos insultos y malos tratos de la abuela paterna y de la tía con las que vive y convive en la casa y ya no soporta esa situación, el papa de la señorita prácticamente no convive con ella pues lo mira cada quince días o a veces una ves por semana, por todo esto la señora quiere pedir la custodia de la hija, me comenta la cliente que el señor no se opone al respecto. Ahora mi pregunta es si ¿debo pedir que se le otorgue el cuidado personal a la cliente como consecuencia del proceso de divorcio o inicio un proceso nuevo? que me recomiendan, gracias de antemano, bendiciones.

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23 Jul 2016 12:08 #2 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Caso de familia
es nuevo proceso de cuidado personal pero al final el juez respeta la opinión del menoro
El siguiente usuario dijo gracias: LBG

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23 Jul 2016 19:37 #3 por Licenciado Carlos Blanco
Respuesta de Licenciado Carlos Blanco sobre el tema Caso de familia
Elabora un convenio ya que ambos estan de acuerdo

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24 Jul 2016 11:57 #4 por LBG
Respuesta de LBG sobre el tema Caso de familia
BUEN DIA, EN EL PRESENTE CASO LO MAS CONVENIENTE ES QUE SI AMBOS PADRES DE LA ADOLESCENTE ESTÁN DE COMÚN ACUERDO, LO MEJOR ES UN CUIDADO PERSONAL A FAVOR DE LA MADRE.

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26 Jul 2016 07:57 #5 por AMANDA TORRES
Respuesta de AMANDA TORRES sobre el tema Caso de familia
Buenos días colegas gracias por sus comentarios, entonces debo elaborar una escritura de cuidado personal a favor de la madre y presentarla al juzgado para que el juez lo autorice?

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26 Jul 2016 08:29 #6 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Caso de familia
no lo haga en escritura publica ya que hay una sentencia, presente modificación de la sentencia en cuanto al cuidado personal al final al juez respeta la opinión de la menor

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26 Jul 2016 08:57 #7 por ABOGADO_@
Respuesta de ABOGADO_@ sobre el tema Caso de familia
Efectivamente se trata de un nuevo proceso de Cuidado Personal que debes iniciar, con el testimonio de la adolescentes del maltrato que esta recibiendo y inclusive hasta testigos puedes aportar y ademas podria dar conocimiento al CONNA que es la institucion que vela por los intereses de los niños y adolescentes para que puedan intervenir y favorcer ante al juez le otorguen el cuidado personal a la madre

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26 Jul 2016 09:45 #8 por yeyemariana
Respuesta de yeyemariana sobre el tema Caso de familia
Igual para mi es un proceso nuevo a seguir ya que las condiciones han cambiado y el padre no se opone, pero en el caso que el padre no se opone a que los cuidados los tenga la madre porque no hacen un documento privado de cuidados personales por el tiempo que le hace falta a la menor en cumplir los dieciocho años. pero bueno colega si quiere iniciar un tramite legal lo puede hacer alegando ese cambio de circunstancias y que la parte quien actualmente posee la patria potestad no se opone.

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26 Jul 2016 10:04 #9 por Icarus
Respuesta de Icarus sobre el tema Caso de familia
si exacto, depende de la jurisdiccion tambien ya que hay juzgados que en ese proceso de cuidado personal se tirarian casi el año y medio... osea, no seria muy practico debido a que ya tendria 17 años y medio.

Si hay voluntad entre las partes, pues hagan un acuerdo de cuidado personal en escritura pública Art. 207 C fam, y aunque existe sentencia pues nadie se irá a quejar al juzgado o sí? . El Art 216 inc 3ro confiere protagonismo al hijo mayor de 12 años de edad dándole la oportunidad que exprese su opinión en cuanto a con quien decide quedarse, por lo que a mi punto de vista no existe problema alguno, y en caso se judicialice este caso, no sería en perjuicio ni de la mama ni de la menor ya que existe ese acuerdo de respaldo así como las disposiciones legales que avalan dicha medida.

Es mi humilde opinion, saludos

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26 Jul 2016 15:12 #10 por Ebunbury
Respuesta de Ebunbury sobre el tema Caso de familia
Licenciada:
El proceso correcto que usted debe de seguir es el siguiente: 1- debe pedir una certificacion de la sentencia de divorcio de su cliente; 2- con esa certificacion usted promovera un proceso de "modificacion de sentencia" y NO un proceso de cuidado personal; 3- lo que usted hara es modificar un accesorio ya sentenciado que no posee calidad de cosa juzgada, y que debido a un cambio sustancial de la conducta de los padres, ese acessorio de cuidado personal lo ejercera el otro padre, por lo tanto usted realizara una Modifcacion de Sentencia de Divorcio del accesorio del cuidado personal.
En todo caso, si ambos padres estan de acuerdo, usted puede hacer un convenio notarial donde se estampe dicha modificaciòn, que regulara cuidado personal, alimentos y regimen de visitas.
El cuidado personal es una figura idonea que utilizan las personas que NO estan bajo el vinculo legal del matrimonio y desean formalizar su iiregyular situacion con los hijos, y que por lo tanto, no pueden salvaguardar ese accesorio como un derecho principal, sino, como un principal a falta del matrimonio ò en su defecto, el cuidado personal puede surtir efecto a causa de una medida provisional por VIF y ò LEPINA.
Por otro lado, quiero hacerle ver algo muy comùn sobre lo cual existen cientos de inadmisibilidades a diario: en materia de Familia NO – nunca - existe un proceso de Guarda y Cuido, en materia de Familia exsiten 2 procesos distintos: 1- Un Proceso de Cuidado Personal y 2- Un Proceso de Guarda y ò Tutela, y ambos significan 2 pretensiones con requisitos distintos.
Saludos.

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26 Jul 2016 16:14 #11 por AMANDA TORRES
Respuesta de AMANDA TORRES sobre el tema Caso de familia
Inmensamente agradecida por sus comentarios colegas ahora tengo un panorama mas claro respecto a mi caso. Les comento que el CONNA le a otorgado a la madre provisionalmente el cuidado de la hija, y ademas me comento la señora que el caso de divorcio se llevo en Usulutan, pero el padre que seria el demandado viven en San Miguel cual creen ustedes que es el Juzgado competente para conoce de este caso, yo pienso que en Usulutan porque ahí se ventilo el caso, aunque también creo que dicho juzgado se puede declarar incompetente por razón del domicilio del demandado y lo remitirá a San Miguel, QUE PIENSAN USTEDES? BENDICIONES MASIVAS PARA USTEDES.

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26 Jul 2016 16:42 #12 por patika
Respuesta de patika sobre el tema Caso de familia
yo pienso que puede ser una modificacion de la sentencia en relacion al cuidado personal

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