Bueno, primero que nada una cosa es ser apoderado y otra cosa es ser representante legal, la representacion legal no nace de un mandato, sino de la escritura de constitucion de la sociedad, de la modificacion de la misma, o simplemente por ser propietario de la empresa, los representantes legales o administradores unicos, poseen una credencial que los acredita como tal, los apoderados no son los representantes legales, en mi logica si eres abogado se entiende que quien te otorga a ti el poder para una eventual demanda, seria la sociedad pero tu actuarias en su representación para otorgar dicho poder, basicamente es como si te otorgases poder a ti mismo, pero en realidad quien otorga el mandato es la sociedad o empresa a quien tu representas, asi que siendo asi actuarias en dos calidades, en caracter de representante legal y de apoderado de la misma. Pero te sugiero que revises la escritura de constitucion de la sociedad y verifiques que no haya prohibicion alguna con relacion a otorgar poderes hacia ti mismo.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.