Que hacer si el apelante compere sin apoderado

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15 años 8 meses antes #2729 por remberto
Mi inquietud es en razon de que si el apelado comparece a la audiecia en segunda instancia y lo hace sin apoderado, se tendria que interrumpir la audiencia para nombrarle uno de oficio, o solicitar la ayuda de la procuraduria general de la republica? de antemano gracias.-

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15 años 8 meses antes #2731 por advocatuslego
No se suspende la audiencia, sino que se procede de conformidad con el Art. 114 Pr. Pn., es decir inmediatamente se sustituye por un defensor público, previa petición al Procurador General de la República.

Advocatuslego

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15 años 8 meses antes #2753 por xoxokp
No no se suspende colega, es como nos lo dice advocatuslego.

Cuando menos lo esperamos, la vida nos coloca delante un desafío que pone a prueba nuestro coraje y nuestra voluntad de cambio....
El siguiente usuario dijo gracias: Francia

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15 años 8 meses antes #2830 por markantony
En Realidad no se suspende por que no se inicia hasta que llega el procurador nombrado de oficio, en otras palabras se trata como un incidente previo a la audiencia, alli es donde el JUEZ nombre de oficio al que le manda la procuraduria, pero mientras llega y se juramente hay que tener mucha paciencia.

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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