Buenos dias a todos los foristas, la pregunta es muy interesante hecha por "JohnDoe"- CIVILMEN HABLANDO...NO..., PORQUE YA EXISTE UN GRAVAMEN Y ESTA EN LA FACE DE EMBARGO EN UN TRIBUNAL DE LO CIVIL Y MERCANTIL; porque ese acto juridico ya se materializo.( 1º hIPOTECA-LUEGO EMBARGO).Así mismo le recuerdo que en el CNR, existe un prencipio de TRACTO SUCESIVO, que significa esto esque se lleva un orden de presentación, es decir por eejmeplo....Un dueno( compraventa- luego este la Hipoteca-surge un instrumento de hipoteca a favor del deudor y por ultimo el embargo....( esto se da por no cumplir la obligacion contraida...
Bien supongamos que el dueño del inmueble hipotecado quiere hacer otra hipoteca con otro deudor ? - Es esto procedente claro que NO., porque el nuevo deudor NO TIENE GARANTIA REAL DE DOMINIO DEL INMUBLE sobre la deuda.
Esto se llama estafa agravada, tanto por el dueño del inmuble hipotecao y embargado y por el Notario que participo en esa Ilegalidad.
Espero haber servido de ayuda.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.