Pues aunque se hiciese por domicilio ignorado, el juzgado de familia puede prevenir la presentacion de la partida de nacimiento del esposo, eso no es excusa para no presentarlo, porque una cosa es no saber donde esta el esposo y otra cosa es no tener la partida de nacimiento, porque incluso cuando se efectuo el matrimonio, no olvidemos que esa documentacion el notario la debió relacionar y también es parte del legajo de anexos que se presenta junto con el protocolo, asi que se puede al menos conseguirse una copia certificada y tambien las diligencias de traducción, y cualquier persona que este en estados unidos puede conseguirla, apostillarla y mandarla, no hay excusas para no prsentarla. Lo del domicilio ignorado es arriesgado sino es cierto, es atentatorio al principio de probidad o buen fe y sobretodo es sometido a investigación que puede provocar la inadmisibilidad de la demanda y si es un juez turbio tambien se puede hacer los bigotes con nosotros como abogados, tengamos cuidado.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.