Silaida, evacuare cada una de sus interrogantes en su orden por separados.
1- El Suegro podra sustituir el poder a favor de un abogado, siempre y cuando se le haya delegado dicha faculta en el mismo poder.
2- En las diligencias de Divorcio por mutuo consentimiento las partes pueden otorgarle poder al mismo abogado o a diferentes. Pero en estas diligencias es recomendable por economia que las diligencia las promueva el mismo Abogado.
3- El suegro podra suscribir el convenio de Divorcio, siempre y cuando se le haya otorgado esa facultad en el poder, debido que en dicho convenio se tiene que estipular el cuido de los hijos, cuota alimenticia, la forma de liquidacion de los bienes entre otros, por dicha razon es necesario contar con dicha facultad para suscribir el convenio de divorcio,
Espero ayudarle en sus interrogante.