Aca un aporte de Pilo 1602
Los Estados Unidos y El Salvador firmaron un Convenio Bilateral para la Recuperación de Obligaciones por Cuota Alimenticia; llamado Convenio de la Cuota Alimenticia; en ingles: Federal Bilateral Child Support Agreements in Force. El Convenio entró en vigencia en el año 2007, PERO...........los reglamentos para implementarlo están siendo todavía desarrollados.
Para el caso de la señora, debe ir a la PGR, ante el Procurador auxiliar del Departamento en donde vive la señora, llevando los documentos pertinentes(partidas, direccion del padre en EEUU, telefono, etc) para que el padre en EEUU sea citado, y se establezca una cuota alimenticia a favor de la hija., El procurador enviara el oficio de peticion al Ministerio de Relaciones Exteriores (con la Direccion de Proteccion de Derechos Humanos y Gestion Humanitaria), quien remitira la solicitud al Consulado en los EEUU respectivo, quien a su vez citara al demandado mediante carta, a presentarse al consulado para establecer una carta de compromiso de pago de cuota alimenticia, si el demandante firma positivamente, este comenzara a enviar a travez de RREE los money order a nombre de la PGR para que sean pagados a la demandante.
Espero te ayude.