relacion juridica entre patrono y trabajador

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13 años 4 meses antes #35181 por caty
Que relación jurídica tiene el taxista con el dueño del taxi? existe o no dicha relación? y porque

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13 años 4 meses antes #35184 por jonathan lovos
Yo le veo que puede tener dos tipos de relacion juridica, porque todo va a partir de que naturaleza es el contrato que estos dos formalizaron. Porque puede ser una relacion entre ARRENDANTE Y ARRENDATARIO si es por un contrato de Arrendamiento de vehiculo, y tambien puede ser una relacion entre PATRONO Y TRABAJADOR, si estos contituyeron un contrato individual de trabajo....
El siguiente usuario dijo gracias: mrcc, Bayona, caty

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13 años 4 meses antes #35185 por NVramirez

jonathan lovos escribió: Yo le veo que puede tener dos tipos de relacion juridica, porque todo va a partir de que naturaleza es el contrato que estos dos formalizaron. Porque puede ser una relacion entre ARRENDANTE Y ARRENDATARIO si es por un contrato de Arrendamiento de vehiculo, y tambien puede ser una relacion entre PATRONO Y TRABAJADOR, si estos contituyeron un contrato individual de trabajo....



Muy buena respuesta...
El siguiente usuario dijo gracias: Bayona

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13 años 4 meses antes #35188 por caty
Pero en el caso de que exista un contrato individual de trabajo como se prueba dicha relación jurídica existe un articulo del código de trabajo que lo mencione?

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13 años 4 meses antes #35189 por representante
Lo primero que hay que averiguar es si el servicio de taxi esta legalizado por el ministerio correspondiente; si lo anterior es positivo hay que determinar si es persona natural o juridica la que esta facultada por la administracion, siendo que es persona juridica se tendra que determinar si es una sociedad u otro tipo de organizacion que este facultada por ley para el ejercicio economico; cuantos taxis prestan el servicio, de eso se determinara como lo plantea el codigo laboral si son empleados y si existe el elemento de subordinacion que es la esencia del contrato de trabajo, y terminando con lo anterior, si el ministerio de trabajo tiene en sus archivos o documentos que vinculen al servicio de taxis con este ministerio, osea numero de empleados, horas que se laboran, autorizaciones correspondientes.
El siguiente usuario dijo gracias: caty

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13 años 4 meses antes #35191 por NVramirez
artìculo 17 y 18 del Còdigo de Trabajo...

La relaciòn laboral debe constar por escrito... Puede ademàs establecerse la relaciòn laboral con cualquier otra clase de prueba art. 19 CT

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13 años 4 meses antes #35192 por caty
Muchísimas gracias por su ayuda ahora me queda mas claro este tema!!!

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13 años 4 meses antes #35214 por mrcc

jonathan lovos escribió: Yo le veo que puede tener dos tipos de relacion juridica, porque todo va a partir de que naturaleza es el contrato que estos dos formalizaron. Porque puede ser una relacion entre ARRENDANTE Y ARRENDATARIO si es por un contrato de Arrendamiento de vehiculo, y tambien puede ser una relacion entre PATRONO Y TRABAJADOR, si estos contituyeron un contrato individual de trabajo....


Muy buen comentario, aunque yo me inclinaba más por la relación entre ARRENDANTE y ARRENDATARIO, pienso que puede encajar como dice el colega...
Saludos,

MRCC

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13 años 2 meses antes #39933 por jose erick
es por que el dueño del taxis le da la la herramienta necesaria que es el automovil para que este labore a demas el taxista esta asumiendo derechos como obligaciones con el dueño

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13 años 2 meses antes #39934 por jose erick
los contratos de trabajos pueden ser escritos y verbales

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