poder para conciliatorio de tránsito

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13 años 8 meses antes #29013 por Ugo_Rocco
Puede ser en acta notarial?

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13 años 8 meses antes #29016 por PACO
Respuesta de PACO sobre el tema Re: poder para conciliatorio de tránsito
NO.

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13 años 8 meses antes #29017 por NVramirez
mmmmmmm laconico¡¡¡¡ :pinch:

Desde la vigencia del CPCM solo en los procesos de familia y los laborales no previenen cuando los poderes con los que se legitima la personerìa no son otorgados en escritura.

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13 años 8 meses antes #29024 por peter83
Hola colega Ugo_Rocco, como te han dicho los colegas anteriormente, el poder con el que debes de comparecer es necesario que sea en escritura.

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13 años 8 meses antes #29025 por frank-vane

Ugo_Rocco escribió: Puede ser en acta notarial?


No existe Poder excusivo para conciliar en Transito. Que puedas mostrarte parte en el caso es muy diferente y llegar a un arreglo con el demante o demandado es otra cosa, pero eso se hace en el tribunal.Y se llegas a conciliar ahi esta el Juez y su secretario y las partes del proceso.!!!

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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13 años 8 meses antes #29026 por frank-vane
Agregando al tema antes relacionado lo que puedes hacer en acta NOTARIAL, es que la victima, puede renunciar la Accion penal y Civil, a favor del demandado o procesado.

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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13 años 8 meses antes #29123 por principiante
Tiene q ser en escritura publica ya sea general o con clausula especial

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