Ok. hay TRES puntos importantes a tu favor: 1. que el delito ha sido sometido al proceso común y no al sumario, porque he de decirte que los jueces de Paz, con el respeto debido, no saben que hacer y aplican, por citar un ejemplo, la duda, contrario a lo establecido en el Art.7 PPn; 2. Hay un decreto N°1010 de fecha 29 de febrero de dos mil doce, el cual entrara en vigencia seis meses después de su publicación en el D.O., aproximadamente en este mes de Julio, en el cual se reforma el Art.29PPn, permitiendo que los delitos de contenido patrimonial puedan ser transformados en acciones privadas; y 3. el control de la victima, sino hay victima, no hay condena y los Tribunales de sentencia lo saben de sobremanera (es criterio general), aunque haya un testigo criteriado, no importa, los delitos de contenido patrimonial para que se perfeccionen es indispensable la declaración en juicio de la victima, de lo contrario no se logra establecer la afectación al bien jurídico protegido por el legislador.
Conclusión:
Recomenda a los familiares que sigan manteniendo el contacto con la victima y el ocular, espera que entre en vigencia este decreto, falta poco ya, posterior a su vigencia, que la victima vaya y solicite la transformación de acción publica a privada y con el acta de transformación, inmediatamente en el estado en el que este el proceso, solicita una Audiencia Especial para discutir mediante una excepción perentoria, con la incorporación de la transformación por supuesto, la terminación anormal del proceso. por lo menos, con ello, en defecto de lo primero, las circunstancias que motivaron la detención provisional, "habrán variado" y aunque sea las medidas sustitutivas te las dan. ojo: la victima en este momento puede ir a la Fiscalia a que le levanten un Acta en la cual dira que ya no va a colaborar con ellos en la persecución del delito de robo (no la pueden obligar a hacerlo)y te serviria, pero no te lo recomiendo, porque los fiscales nunca te dan copia del acta y tampoco la incorporan al proceso. es mejor esperar, porque si lo hacen ahora, el fiscal tendrá argumentos legales para no querer acceder a la transformación de la acción penal.
Suerte.
Haz el bien y no mires a quien ; )