Sin poder lo dudo mucho, ya que usted andara preguntando en los juzgados (me imagino que si no lo capturaron, el caso se ha quedado en algun juzgado de instruccion) del departamento/municipio donde cometio el delito.
Tanto asi como mostrarse parte no, ya que usted solo le dice al secretario/a del juzgado, mire quiero saber si en este juzgado tienen el expediente o lo tuvieron de X persona que en el ano tal lo acusaron parece que de X delito, entonces el secretario o se lo busca en el libro de entrada de expedientes/casos o se lo presta a usted para que lo busque, su problema surge en que el secretario probablemente (aunqeu en algunos casos ni preguntan quien es uno, con tal que parezca abogado/a) le va a preguntar que quien es usted y si tiene poder o que.
Entonces lo que le recomiendo es que le otorguen poder, y recuerde que en materia penal los familiares tambien pueden otorgar poder a su favor para que represente al imputado (que lo veo mas viable a que el imputado vaya a un consulado de ES a que le hagan el poder y que despues se lo mande a usted, ay que por economia de dinero y de tiempo sale mejor que un familiar le de el poder).
En relación al poder otorgado por familiares del imputado, vea lo pertinente en el codigo procesal penal aplicable a su caso, lo cual hasta donde recuerdo no varia nada (OJO: tenga presente con que codigo procesal penal sera/fue el caso si el viejo o el nuevo).
Pero Julio Cesar no lo vio.