en una ejecución forzosa, ya se nombro perito, y se juramento, es de oficio que debo esperar el día y hora para la realización del valuó o tengo que pedirlo, y la audiencia para la liquidación a que se refiere el art 647 CPCM, se podrá solicitar ali la adjudicación del inmueble o necesariamente se tiene que llevar a publica subas, por favor alguien me lo puede explicar.