Bueno a ver si entendi, se firmó la escritura, y se presentó el testimonio de la compraventa de inmueble al registro, si es asi, entonces estemos claros que la compraventa es perfecta, tiene plenos efectos entre las partes desde que consta en el instrumento el consentimiento, y frente a terceros desde su inscripción.
Que se puede hacer para dejar sin efecto esa Compraventa? podria alegarse error fuerza o dolo, pero eso implica un proceso judicial, porque son causa de nulidad del acto que debe de ser declarado por autoridad competente, resulta tedioso, y muy caro, y arriesgado pues los clientes le pueden hechar la culpa al notario, jajaja. La resciliación también es una figura de la que también se puede hacer uso, puesto que tratándose de inmuebles debe versar en escritura pública,e inscribirse en el Registro de la Propiedad, para que de igual manera tenga efectos entre las partes y frente a terceros. Pudiese solicitarse la resolución judicial del contrato por incumplimiento de una de las partes, pero en la compraventa es raro que se consignen mayores condiciones, salvo el pago del precio en cuotas por el comprador o la entrega de la cosa en cierta fecha. Y ya por último hacer una nueva compraventa para que el comprador retransfiera el inmueble a su vendedor original, y en ella se puede poner un precio menor para efectos de cancelar menos en el registro, es válido hacerlo, puesto que existe derecho a la libre contratación y las partes son las que acuerdan el precio...
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.