IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO VOLUNTARIO, pues me imagino que si dices abuelos, es porque tanto el abuelo como la abuela fueron a asentar al nene a la alcaldia y dijeron que eran sus padres, quien puede promoverlo, en tu caso en especifico solo el mismo menor, Art.143 numero 1), 156,159 del C.F.
IMPUGNACION DE LA PARTENIDAD Y MATERNIDAD, Art.151,159,160,162 ordinales 1 y 2, 163 inc 3, relacionado a los Articulos 138 y 139, con relación a la imprescriptibilidad de la acción por el hijo.
Entonces esas dos acciones pueden intentarse, pero para mi lo mas sano es que el hijo impugne el reconocimiento voluntario que hicieron los dos abuelos, la consecuencia seria que el no estaría reconocido ni por madre ni por madre, entonces luego sólo te tocaría hacer que los padres biólogicos lo reconozcan, o seguir un reconocimiento provocado para que el obtenga su verdadera filiación, espero poderte haber ayudado, cualquier caso estamos a la orden...
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.