Saludos colegas:
Quiero solicitar su ayuda en cuando a lo siguiente:
1- Jurisprudencia relacionada a la obligación de pago de cuotas alimenticias específicamente a la cuota adicional equivalente al 30% de las indemnizaciones que se reciban.
sobre este punto quiero saber cual es la finalidad de dar ese 30%....?
2- Que se considera como ingreso en materia de familia??
porque si a una persona se le embargo salario de manera dolosa y en sentencia se logro demostrar el dolo condenando a la contra parte la restitución del dinero retenido en concepto de embargado...ese dinero para mi punto de vista no es un ingreso....alguien sabe cual es el punto de vista de los jueces de familia en cuanto a lo expuesto anteriormente??
Mil gracias de ante mano por los que se tomen la molestia de responder a mis inquietudes....si no están claras mis preguntar favor de indicarme para poder replantearlas