Ya le dieron baje al imputado con el arreglo, el robo no se puede conciliar y sino me equivoco es un delito de accion publica, te recomiendo que vayas a ver las diligencias a fiscalia y veas si esta presentadas esas actas, que suenan como a actas de ampliacion de entrevista de los testigos donde se han retractado, porque podrian desistir de la instancia particular, pero eso no es lógico pues el robo es un delito de accion publica, asi que la fiscalia lo impulsa de oficio, ahi lo que le puede salvar es hacer notar esa retractación en la instrucción pero debe constar en las diligencias que presentará el fiscal, te aconsejo que si vas a fiscalia no menciones eso del acuerdo del imputado con las victimas, sino solamente pide que te preste las diligencias, sino pueden decir que tu estas involucrado en cambiar la declaracion de las victimas, y te pueden sancionar incluso penalmente, pero bien comenta el caso con detalle para obtener posibles soluciones, no se te olvide que ahora procede el pr abreviado pero asegurate que eso signifique libertad para tu cliente, calcula bien que pena le corresponderia en caso que el fiscal lo conceda. El art 331 pr penal, prohibe las medidas en el caso de robo agravado
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.