Hola colegas, necesito de su ayuda y es lo siguiente:
una señora tiene un problema con su partida de nacimiento ya que ella se caso dos veces, y en la certificación de la partida de nacimiento aparecen las dos marginaciones de casada, ella se divorcio del primer matrimonio, pero nunca se hizo la marginacion por divorcio.
asi que segun la partida de nacimiento ella tiene dos matrimonio, porque aparecen las dos marginaciones y tiene problema para sacar el pasaporte.
- el primer matrimonio se celebro el 22 de junio de 1981, y la sentencia de divorcio se pronunio por el juez 1° de lo civil de S.S el 12 de diciembre de 1985, quedando ejecutorida el 15 de enero de 1986, la partida de divorcio es de fecha 21 de enero de 1986.
- el segundo matrimonio se celebro el 18 de abril de 1985.
asi que ella se caso antes de divorciarse y ella quiere que le quede el apellido del señor del segundo matrimonio.
los dos señores ya murieron
pero de acuerdo al código civil derogado establece: art. 154 "el juez o tribunal que declare ejecutoriada la sentencia de divorcio absoluto, oficiara al alcalde del domicilio donde se celebro el anterior matrimonio,para que cancele la partida respectiva y anote por separado la partida de los divorciados, para lo cual llevara también otro registro"
por lo que las marginaciones por divorcio nació el 04 de agosto de 1990, con la ley del nombre, la ley procesal de familia y la ley transitoria del registro del estado familiar y de los regímenes
patrimoniales del matrimonio.
por lo que al momento de hacer el tramite de renovar el pasaporte, le solicitan que este la marginación por divorcio en la partida de nacimiento
de antemano muchas gracias por su ayuda