Van màs o menos asì:
"Vista y analizada la prueba documental que se anexo a la solicitud de folios uno que inicia estas diligencias, sumada a la ratificaciòn en esta audiencia por parte de los esposos señor xxx y señora xxxx; y siendo que el Convenio suscrito ante los oficios notariales xxxx, no violenta los derechos de mis poderdantes (como de los hijos menores de edad, procreados en el matrimonio) es procedente ratificar lo peticionado en la solicitud en cuanto que se decrete el divorcio por la causal primera del artìculo 106; (sobre los derechos de los menores se resuelva conforme a derecho considerando lo acordado por los cònyuges en el Convenio, que se ha mencionado) asì mismo se resuelva lo que corresponda respecto de los derechos patrimoniales del matrimonio... Una vez decretado el divorcio se libren los oficios de ley, y se me extienda una certificaciòn de la sentencia que se pronuncie... Asì mis alegatos... Gracias....
Y como dice la colega en el mejor de los casos ni piden alegatos... solo le preguntan a los cònyuges y se acabo... otros jueces preguntan si se hara uso del derecho de los alegatos, a lo cual yo, siempre he dicho que si... porque se ve màs elegante y los clientes se sienten mejor..
Suerte...