Sugiero se le indique a la cliente, que se presente al consulado o embajada salvadoreña, y otorgue poder a favor de su Abogado (de su elecciòn), a quien le debe otorgar las facultades de los artìculos 100 y 102 de la Ley Procesal de Familia, asì como las facultades para conciliar, desistir, allanarse a las pretensiones y acciones planteadas, para que pueda interponer cualquier clase de recurso, incidente o excepciòn en cualquier etapa del proceso incluso en segunda instancia...
Y debe contener el poder la identificaciòn del Abogado con DUI, NIT y # de tarjeta de Abogado... Ademàs el nombre del que serà su contraparte; enunciar la causal; y si efectivamente esta convencida que es de domicilio ignorado consignarlo en el poder (aunque yo, sugiero que eso es arriezgado porque las trabajadoras sociales, puede que encuentren al demandado)
Una vez otorgado el poder, deberà ser remitido al paìs... Y deberà presentarse a RR EE, a Autenticar la firma del consul o embajador... En la oficina se cancelan $5.ºº y en veinte minutos esta el tràmite... Y listo...
Suerte...