En principio es necesario saber si la menor fue asentada en el paìs extranjero???
Si naciò en un hospital, le dieron algùn documento???
Si encontrandose en el extranjero se asento a la menor vìa relaciones exteriores????
Si no se cuenta, con ningùn documento que pruebe que nacio en paìs extranjero, ni prueba testimonial que se pueda aportar, sera dificil, consignar que la menor nacio fuera del pais.
Si no se cuenta con ningùn documento, pero se puede obtener poque naciò en un hospital, solo es cuestiòn de solicitar el envio y "traducir" el documento; y verificar que vìa es la que se debe seguir...
Si es menor de siete años, se hace directamente en la Alcaldìa (sugiero la lectura del art. 16 Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y Regimenes Patrimoniales del Matrimonio), si ya es mayor debe hacerse un subsidiario a nivel judicial...
Suerte...