También puedes hacer uso del procedimiento establecido en la Ley de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial, ya que en dicho ordenamiento jurídico se establece el procedimiento de conciliación cuando en algún accidente de tránsito solamente hay daños materiales, si se llega a un acuerdo y el deudor no cumple con el mismo, el acta levantada ante dicha entidad administrativa lleva aparejada ejecución, pudiendo presentarlo ante el tribunal competente. Así que, le dejo otro procedimiento mucho mas expedito.
Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que la de tu saber.