Buenos Dìas:
Una ves declarada improponible una solicitud, porque no se evacuo en tèrmino la prevenciòn: No existe un plazo que deba transcurrir, para volverla a presentar...
Y si en la solicitud, al incorporar la prueba documental, no se consigno la frase: "presento original y copias correspondientes, y una vez confrontadas las primeras con las segundas y de resultar conforme, se me devuelvan las originales y se agreguen en legal forma las segundas"
Si debe presentarse un escrito dirigido al Juez, con referencia y todo, solicitando la confrontaciòn y posterior devoluciòn de los originales.
Suerte.