limite constitucional para bienes rusticos

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13 años 5 meses antes #34576 por franciscolegis
Que opinan al respecto de esta clausula en los contratos de compraventa:
Si el inmueble fuere rústico agregar: ****El otorgante, bajo juramento me manifiesta: que los bienes inmuebles rústicos de su propiedad no exceden los límites establecidos en la Constitución de la República.
A mi criterio, y creo que una vez lo discutimos en alguna clase, esta advertencia se encuentra tacitamente derogada.

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11 años 2 meses antes #82205 por srv1
aun mas la razón de ser debería aplicar tanto al vendedor como al comprador, generalmente los notarios establecen que el vendedor no excede los limites establecidos; pero de el comprador no se expresa. (cuando es quien aumenta su patrimonio)

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