hola buenos días colegas, me llama un amigo que se fue para estados unidos, dejo a su niño a la madre de él pues su esposa se había ido antes e hizo hogar en dicho país, ahora una tía, de la que era su esposa esta pidiendo por medio de la procuraduria, una audiencia conciliatoria, para que le presten el niño, el papa se opone, a prestárselo a dicha tía de la mamá, por problemas entre ellos, el lo único que me ha dicho que se lo puede prestar a la mamá si ella viniera al país a pasear, a los abuelos maternos que están también fuera del país, y a la tía solo con supervisión, de un familiar de el.
mi pregunta tiene una tía materna la facultad legal de solicitar este tipo de visitas, o cuido del niño.
porque la LEPINA si no me equivoco solo regula sobre la convivencia con los dos padres cuando estén separados.
De antemano, muchas gracias Dios les Bendiga.