Los plazos procesales son improrrogables (al menos para los litigantes, en los juzgados solo dicen carga laboral excesiva y ellos mismos se convalidan tardarse mas del plazo, pero eso se lo permite el juez mismo), y como litigante no puede alegar "es que tenia otro caso, el cual prepare, y por eso no tuve tiempo", ya que aunque su excusa aparentemente es valida, no lo es suficiente para justificar que atrase un proceso, sino imaginese ya en el juzgado se tardan y de ribete llega un abogado que tiene muchos casos, se va a tener entonces que los casos nunca van a terminar ya que siempre habra una justificacion para no cumplir los terminos.
Para evitar situaciones como la suya para eso existe la sustitucion, la delegacion y en caso extremo, abandone el caso que no tiene tiempo de seguir, para que el cliente nombre a otro abogado, ya que no es justo que usted atrase el proceso de un cliente, para atender otro.
Pero cosas se han visto, presente el escrito asi como ha pensado, a ver que le contesta el juez, y lo comenta en el foro, asi aprendemos todos.
Pero Julio Cesar no lo vio.