Dividire la respuesta en dos: 1- no hubieras podido titular supletoriamente un inmueble "urbano" aun que no hubiera tenido antecedente inscrito, por q debió haberse seguido un titulo municipal, 2- como ud bien lo menciona, existe antecedente inscrito, por lo que la pretensión debe ser un proceso común de prescripción extintiva de dominio, de conformidad con 2235 y siguientes ( creo, no tengo el código a mano), le recomiendo solicitar la ficha catastral, en ella ud vera si aparece antecedente inscrito y a nombre de quien aparece ( para efectos de legitimación pasiva) si no aparece antecedente inscrito esa misma ficha le servirá para el titulo municipal, otro dato importante de la ficha es q aparecerá la persona q esta en posesión del inmueble, ( para efectos de legitimación pasiva) esperando q el inmueble este catastratado, suerte..