Los datos proporcionas son confusos. Dices que tenía contrato para cuatro meses de 1 de junio al 30 de septiembre y que el trabajador ha laborado 75 días, me imagino que deben ser 15 días.
Antes de ver si hay responsabilidad para el patrono por despido injustificado, debes tomar encuentra lo que dispone el art. 28 CT, en el cual se estipula que las partes en el contrato individual de trabajo pueden acordar que los primeros treinta días serán de prueba y que en este plazo las partes pueden dar por terminado el contrato sin responsabilidad y sin expresión de causas.
Verifica si en el presente caso hubo estipulación al respecto.