El Art. 151 se refiere a las Infracciones leves, ahi están estipuladas las faltas que son consideradas como tal, de igual manera el Art. 152 son Infracciones Graves, que son aquellos actos establecidos y que se consideran como una Falta mayor a las establecidas en el Art. 151. El Art. 153 son infracciones muy graves, es decir actos de mayor relevancia. Es importante mencionar que estas infracciones se estipulan para funcionarios y empleados públicos de las diferentes instituciones encargadas de promover procesos de contratación por medio de la LACAP.
En relación al Art. 160 es el procedimiento que se deberá aplicar para sancionar a particulares, es decir personas que no son parte de la institución y que incurren en una sanción.
El Arreglo Directo, establecido en el Art. 163, es un acuerdo por mutuo consentimiento, entre la parte contratante y el contratista, quienes ante un problema deciden buscar una solución o acuerdo entre ellos mismos.
El Art. 165, Arbitraje, es la forma de llegar a un arreglo ante un proceso sancionatorio o incumplimiento, en el que ambas partes se someten al Arbitrio de un tercero para llegar a un acuerdo y solventar asi el problema que haya originado dicho proceso.
El Art. 167 fue Derogado en las Reformas del 2011.
El Laudo Arbitral, establecido en el Art. 169, se refiere al Laudo (o decisión) emitida por un arbitro, en un proceso de Arbitraje, estableciendo que contra este no habrá recurso alguno, a excepción de la nulidad.
El Art. 171 establece o regula el plazo en el que el Reglamento de la Ley debería ser aprobado, así como la transitoriedad en cuanto a que los procesos de contratación que hubiesen iniciado con la normativa vigente antes de las Reformas, continuarán rigiéndose con la misma hasta su conclusión.
Finalmente, el Art. 174 es la Derogatoria de los Decretos anteriores que regulaban las contrataciones.
Espero haber brindado una ayuda para lo que buscas, cualquier consulta no dudes en hacerla de nuestro conocimiento.
---
¿Asesorías y Capacitaciones en LACAP?, ponte en contacto para poder brindarte una solución a tu problema, toda nuestra experiencia a tu servicio.
Blog:
www.elsalvadorlicita.blogspot.com
Facebook: Licitaciones SV
tweeter: Licitaciones_SV