Colegas,,, espero esten muy bien,,,, es el caso de un jefe de una municipalidad que con la nueva administracion fue despedido,, el señor inteligentemente puso un amparo,,, en donde manifiesta que a el solamente le entregaron una nota los de recursos humanos manifestandole que estaba despedido,sin mas razones,,, este se encontraba bajo el régimen de la carrera administrativa municipal, a la vez manifiesta que se omitió el proceso legal pertinente violentandole el debido proceso, estabilidad laboral, derecho de audiencia,,, etc,, y se destituyó de su cargo sin haber promovido el procedimiento correspondiente, ante autoridad competente a pesar de que se encontraba bajo el regimen de la carrera adtiva, este señor presentó su amparo tres meses despues de su destitución,, y la sala resuelve: 1- Admitir la demanda, 2- Suspender inmediatamente y provisionalmente los efectos de la actuación impugnada medida cautelar que debe entenderse que es mientras dure la tramitación de este proceso de amparo y el consejo deberá restituir al demandante en su cargo y abstenerse de nombrar a otra persona, deberá permitir que el pretensor siga ocupando su mismo cargo, si este como es obvio ya está ocupado deben ponerlo en un cargo similar, durante la tramitacion de proceso, hasta que se emita el respectivo pronunciamiento, y que se proceda al pago de íntegro de su salario, prestaciones laborales, lo que piden es que la municipalidad informe dentro de 24 horas si estos hechos son o no ciertos la actuación que se le atribuye.... Mí pregunta es.... Que hacer segun ustedes, ya que todo esto es así como lo dice el demandante, que se puede hacer ya que el cargo ya está ocupado,,
EL CIELO ES EL LIMITE