Màs o menos sucede esto...
Se identifican las partes por medio del Juez... En algunos y muy contados casos, los jueces les piden a los Abogados que hagan un resumen de sus pretensiones, esto implica: repetir lo que se ha escrito, claro sin ser textuales, màs o menos asì:
Se pretende con el presente que se decrete el divorcio por la causal tercera del artìculo ciento seis del Còdigo de Familia, entre mi cliente y el señor xxxxxx; porque a travès de la prueba que se ha ofrecido aportar y los estudios que se realicen por parte de los especialistas del equipo multidisciplinario que se designe, quedarà establecido que el señor xxxx, y mi cliente tienen màs de un año de estar separados y en consecuencia se cumple con lo requerido por la ley para este tipo de proceso; de igual forma se pretende probar que la hija del matrimonio es ya mayor de edad, por lo cual ya no se encuentra sujeta al Ejercicio de la Autoridad Parental, y no habrà pronunciamiento sobre los derechos de la misma; y se hace relaciòn ademàs a la parte patrimonial del matrimonio...
Claro¡¡¡¡ lo anterior NO lo hacen todos los jueces, y el del Cuarto de Familia... Menos...
Si llega la señora a la audiencia sin Abogado, se le pide a algùn compañero amigo, colega que le acompañe, para que en audiencia la señora se allane a las acciones y pretensiones... Se informa antes al resolutor, que la señora ha llegado y que en audiencia nombrarà Abogado, asì cuando entren a la sala con el Juez, èl solo interrogarà a las partes si estan de acuerdo en el divorcio...
El señor dirà que si; y de igual forma la señora... Pero antes de eso se le interrogarà a la señora sobre el nombramiento del Abogado en audiencia; respondiendo ella que nombra al Licenciado xxxx, para que la represente... Inmediatamente el Juez, le preguntarà sobre el divorcio, y ella contestarà que esta de acuerdo y que no habra reclamaciòn sobre derechos patrimoniales.
El Juez, dirà: "Bueno... entonces en nombre de la Repùblica Fallo (puede que diga fallo y sentencia), decretase el divorcio entre los señores xxx, y xxxx", y harà relaciòn a la partida de matrimonio... Dirà que no hay nada que resolver sobre derechos de los hijos, y sobre el patrimonio del matrimonio...
Y ya...
Pedirà que esperen para firmar el Acta, y a esperar entre 45 minutos a una hora y media.
Suerte...