consulta con reconocimeinto de paternidad

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13 años 2 semanas antes #44690 por Juanpablo
buenas tardes estimados colegas, tengo una duda un cliente se me acerca a mi oficina y me consulta si el tío de el lo puede reconocer como hijo de el, ya que resulta que el no conoce al padre de el, el ya tiene suficiente mayoría de edad, el detalle es este, el tio que quiere reconocerlo esta en el 4 grado de consanguinidad con la mama de el, pero resulta que en la partida de nacimiento de el, el mismo tio aparece que lo ha reconocido.
en este caso es se puede dar el reconocimiento de paternidad ? si o no ????
y si se puede en base a que articulo, espero sus respuestas colegas, bendiciones.-

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13 años 2 semanas antes #44693 por bexaby
Por lo que entendí en la partida de nacimiento el Tío ya aparece como el padre del muchacho, entonces ya esta reconocido.-

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13 años 2 semanas antes #44694 por Juanpablo
pues en la partida solo se establece ke dio los datos el tío, y hasta ai no mas, y todo esto se quiere hacer en el sentido de que el tío quiere reconocerlo como hijo de el..

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13 años 2 semanas antes #44696 por bexaby
En este caso según mi criterio personal no puede reconocerlo como hijo propio, puesto que ha quedado establecido que el es el tío, en todo caso lo que procedería es adopción.-
El siguiente usuario dijo gracias: Juanpablo

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13 años 2 semanas antes #44703 por lesterivas
Estimado amigo en cuanto a tú consulta, déjame decirte q verifiques la partida de nacimiento de tú cliente para ver si el nombre del tío esta consignada en ella, si es así él tío se presumiría que es legalmente el padre.(143 fam), pero te aclaro q esta forma es sinónimo de fraude de ley ya que estarían en el supuesto de paternidad falsas (137 fam).
Lo mas prudente seria seguir un proceso de adopción de una persona mayor de edad (182 numeral 3 fam).

Verifica el art. 200 ley de jurisdicción voluntaria.

Espero te sirva mi ayuda.

RIVAS
El siguiente usuario dijo gracias: Juanpablo

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