Anular los dos asientos de partidas de nacimiento, luego asentar subsidiariamente, estableciendo filiación materna y paterna, es decir en la audiencia de sentencia en el Juzgado de Familia que corresponda, quede establecido el reconocimiento de hijo de ambos padres, para llevar a cavo estas diligencias hay que presentar constancias de inexistencias del RNPN y de la alcadia correspondiente, copia de DUI de dos testigos doce años mayores que el interesado, partidas de nacimiento de ambos padres, etc.....