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Enrike_1° escribió: Interesante caso, conocí uno similar y en este caso la adolescente perfectamente puede demandar a titulo personal en base a la LEPINA, pero tiene que presentarse de forma personal por ser menor de edad al juzgado de familia del lugar donde reside a interponer la demanda de alimentos y así iniciar el proceso, ya que aquí prevalece el principio de prioridad absoluta, establecido en la lepina.
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