Colega, con respecto a tu pregunta en primer lugar entiendo que la persona ha sido condenada? si esto es así no opera la revocatoria de la medida de la detención provisional porque ya hay una sentencia condenatoria en su contra, aunque esta haya sido recurrida en Casación todavia no se ha resuelto si la persona quedará absuelta o seguira en detención. Vamos a ver si tu fueras el Juez cambiarías la decisión de mantener la detención de una persona a expensas de la resulta de un recurso cuando se le ha comprobado por el juez a quo el delito que se le imputa? y si tu fueras el imputado, esperarías pacientemente en tu casa a ver si regresas a prisión?
Elementos para decretar la detención provisional:
Peligrosidad de fuga
Entorpecimiento de la investigación (ya fue condenado)
Alarma social
creo que con estos elementos es dificil que un juez pueda revocar su decisión de mantenerlo en detención y por seguridad jurídica no se puede cambiar dicha medida. aqui no opera como en civil donde puedes recurrir en ambos efectos, aqui estás hablando de una evidente peligrosidad de fuga de una persona que ya ha sido condenado por un delito, aunque la sentencia haya sido recurrida.
espero que todo te salga bien y suerte