Antes de dirigirte a los tribunales, conforme al artículo 99 de la Ley de Sociedades de Seguros, debes acudir a audiencia conciliatoria ante la Superintendencia del Sistema Financiero.
Haz un escrito dirigido a la Superintendencia, manifestando que hay discrepancia entre tus representados y la sociedad de seguros en cuanto al pago del seguro, y solicita que citen a la sociedad a audiencia conciliatoria.
Agotado este procedimiento, si no llegas a un acuerdo con la sociedad de seguros, entonces puedes acudir a los tribunales.
Este es un caso de incumplimiento de contrato (poliza de seguros), y el Juez competente es el de lo Civil (a no ser que exista un tribunal especial) En todo caso, infórmate un poco más leyendo las leyes pertinentes.
Yo nunca he llevado un caso de esta naturaleza, solo te he expuesto lo que dice la Ley al respecto. Espero te sirva de algo. ¡Suerte!