Son las políticas de cada Banco si ellos dicen que tienen que comparecer las personas para reclamar la devolución de ese dinero de una cuenta de ahorro que dejo el causante, así tiene que ser, no hay peros...
Ahora comparto con mi estimado colega munraa, que pasa si uno de estos beneficiarios se encuentra fuera del país y se le hace casi imposible poder salir, por ejemplo si esta pagando una condena por un delito y que esta condenado a 50 años. :woohoo: significa que en todo ese tiempo la otra parte beneficiaria tendrá que esperar esos 50 años, para que el otro beneficiario regrese y reclame ambos ese dinero, por favor sería algo inaudito esperar todo ese tiempo, porque no buscan la manera los bancos de reformar esa norma en la ley, habría que buscar como lo dice mi estimado colega si en la ley de bancos exista una norma que se puede amparar el otro beneficiario a modo que este no se sienta atado a reclamar su parte que le corresponde, en lo personal yo recuerdo que me preguntaron si quería dejar a alguien como beneficiario de una cuenta de ahorro corriente y agregue a dos personas pero a la par había un cuadro que decía el porcentaje que quería dejarle a cada uno, y agregue que el 50% para cada uno, entonces si existe un dato de cuanto fue el porcentaje que el causante dejo para cada uno de los beneficiarios, considero que es allí donde los bancos deberían de tratar la forma de valorar y reformar esa ley, ya que en varias ocasiones se han visto en estos tipos de casos cuando uno de los beneficiarios no esta en el país.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."