Buenas noches, podrían orientarme e lo siguiente, ya he preguntado sobre la acumulación de ejecuciones, pero el caso especifico es que en un proceso de ejecución donde ya se practico la liquidación, aun no se extiende el oficio para el pagador para el respectivo desembolso de lo adeudado, y resulta que una de las personas demandadas, también esta demanda en otro juzgado, siempre en un proceso ejecutivo, pues resulta que el proceso que inicio primero fue el de Mejicanos en el 2009 y el de Santa Tecla fue en el 2011, realmente la deuda de mejicanos falta la mitad para cancelar la deuda total, ya se hicieron pargos parciales. pregunto lo siguiente:
* puede haber acumulación de la normativa anterior con la nueva?
* alguien de ustedes ha solicitado la acumulación de normativas diferentes?
* si, se puede cual es el procedimiento a seguir, para que se haga la acumulación
* seria acumulación de ejecución o de procesos?
* podrían brindarme un modelo del escrito de acumulación con aprorrata.
* cuanto se descontaba con la normativa anterior y cuanto con la normativa nueva
* cuales serian las ventajas de la acumulación o que me aconsejan.
* saben el criterio del juez de mejicanos en cuanto a este tipo de acumulación?
por favor, bríndenme las sugerencias del caso, experiencias, necesito de su auxilio
Gracias