COINCIDO CON EL COLEGA HERBERTH, los hijos de la causante pueden hacer uso del derecho de petición de herencia, luego de eso, ellos van a tener que promover diligencias de reinvindicacion de bienes herenciales, pudiendo reclamar los frutos civiles no percibidos, daños y perjuicios, etc. Ahora bien deberías de indagar todo lo que has contado, porque pueda que tu cliente no se acuerde realmente de lo que otorgó al suegro, talvez existan otras vías que emplear, como por ejemplo nulidades de actos de venta o hipotecas. Y Como dijo el colega HERBERTH los terceros van a salir afectados en algun grado, es un proceso largo, pero ojo si las personas han tenido en su poder esos inmuebles por un período de diez años, se corre el riesgo de que te aleguen posesion regular (de diez años) y hasta ahi llegastes, debes verificar todo eso.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.