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PATCAM84 escribió: Buenas tardes colegas,
Quisiera de su amable opinión respecto de la certificación de copias de este tipo de documentos. Recuerdo que un catedratico nos decia que no era posible, pues los recibos eran considerados "Documento Privados" y el art. 30 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias reza: "Art. 30.- En cualquier procedimiento, las partes podrán presentar en vez de los documentos originales; copias fotográficas o fotostáticas de los mismos, cuya fidelidad y conformidad con aquéllos haya sido certificada por notario. Esta disposición no tendrá lugar en el caso del juicio ejecutivo o cuando se trate de documentos privados
Escuche de otro colega que es válido, por que para Licitaciones así lo piden ciertas instiruciones...
¿Qué me dicen alr especto?
Saludos y bendiciones
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