Mi Humilde opinión
Las nulidades son mecanismos de Subsanación del proceso.
Erróneamente a veces se confunde como una herramienta de defensa o táctica de defensa.
No es así; cuando se plantea una nulidad el único objetivo es sanear el proceso.
Por eso es que las nulidades no pueden ser antojadizas- sino sólo aquellas que están expresamente determinadas; desde mi punto de vista, el hecho de no anexar una dirección funcional bajo ningún contexto acarrea una nulidad ni siquiera relativa.
La fiscalía por mandato constitucional puede girar dirección funcional incluso en forma verbal
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.