Pues a mi me surge la duda colega:
En el contrato de seguro se establece quienes son los beneficiarios, entonces no puede dar la madre el poder a un solo hijo para que este le tramite la obtencion del beneficio a todos los demas, ya que no puede disponer sobre derechos de otros, mas bien son los hermanos los que deben otorgar el poder a favor del hermano.
Pero para que complicarse, por que mejor no la madre pone de unico beneficiario al hijo, (algo sencillo de hacer, solo contacte a la aseguradora para que le indiquen los formularios a completar), y ya no hay problema (como plantee al cliente el caso para que le de $$$$$$, eso si ya es cosa suya).
Pero Julio Cesar no lo vio.