Se espera a que pasen 15 dias despues de la ultima publicacion, presenta un escrito con las publicaciones solicitando se abran a prueba las diligencias, se las abriran por ocho dias, una vez abierto el termino de prueba presenta otro escrito solicitando la audiencia de testigos y anexa el cuestionario (x lo menos en los juzgados donde yo he tramitado diligencias siempre me piden el cuestionario aunque no lo mencione el codigo civil y debiera aplicarse la oralidad supletoriamente del CPcCyM pero no se hace asi) luego le notificaran que nombre perito agrimensor para practicar la inspeccion en el inmueble, despues inscribiran el plano en catastro, etc etc etc
OJO, los testigos deben ser vecinos y propietarios, es decir, con escritura inscrita.