Colegas buenos dias!
tengo aprobado por catastro la segregacion por donacion de 8 parcelas, q el propietario hace a sus hijos, ya presentadas las escrituras a Registro, son observadas a efecto que presente desmenbracion en cabeza de su dueno, en virtud de la ley especial de lotificaciones y parcelaciones, lo cual no entiendo por q en primer lugar catastro ya aprobo q es el ente especializado... y la ley de parcelaciones habla sobre parcelas q se comercializan....alguna opinion de acuerdo a su experiencia??
gracias!