Colegas, estoy llevando a cabo proceso de inquilinato de terminación de contrato, desocupación del inmueble y reclamo de cánones adeudados. Resulta que en la relación de los hechos manifeste, que mi poderdante acordó con los inquilinos, que el arrendamiento del inmueble sería para uso de habitación, para un plazo de seis meses, contados a partir del día diez de agosto del presente año, y que los días diez de cada mes sería fecha del pago de arrendamiento, en la demanda manifeste que los inquilinos pidieron tiempo para cancelar la primera cuota del canon de arrendamiento hasta el día lunes dieciocho de agosto del presente año, y para garantizar dicho pago les entrego la cantidad de CIEN DOLARES, en concepto de reserva del apartamento y mi mandante al ver la confianza que le generaba accedio a tal petición por la demandada. aclaró que no se elaboró y firmo contrato de arrendamiento, pero si presente testigo. Hoy que ya notificaron del tribunal de lo civil y mercantil, admitiendo la demanda y programando la audiencia, cuando llame a mi cliente, informando de la audiencia, resulta que hoy me aclaró que había acordado con los inquilinos que cada 30 de cada mes, sería la fecha de pago del canon arrendatario, y que en el mes de agosto, a partir del día 10, fecha que se mudaron al inmueble los inquilinos, y el día once de ese mismo mes cancelaría la primera cuota, despues pidieron fecha hasta el dia 18 del mismo mes, y no cumplieron.
De lo antes manifestado colegas me surge la inquietud, si se puede modificar la demanda, especificamente en cuanto a los acuerdos que llegaron en la forma de pago del canon arrendatario, la audiencia es para el dia 4 de noviembre, puedo presentar escrito aclarando esos puntos y que se rectifique en la relación de los hechos, o espero hasta la audiencia, que opinan colegas al respecto