Remedición

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11 años 9 meses antes #73209 por Armando Constante
Colegas, en una Remedicion, si ya hay plano aprobado por catastro, debe de ir a la mensura el mismo ingeniero que firmó dicho plano o el notario puede juramentar a otro?

Además quisiera saber si es indispensable que vaya el propietario a la mensura? Porque no veo que la ley lo diga.

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11 años 9 meses antes #73225 por orellana
Respuesta de orellana sobre el tema Remedición
una vez que el plano está aprobado deberá ir a la mensura, el ingeniero responsable, puesto que en Catastro queda esa información y si presentas o juramentas a otro, te harán prevenciones al respecto. solamente pueda comparecer otro ingeniero juramentado por el notario, en caso de fallecimiento.

El propietario, debe ir puesto que es uno de las personas que firma el documento donde consta ese acto, juntamente con los colindantes, aunque éstos últimos basta con citarlos y en caso de comparecer, hacer constar que fueron citados legalmente.
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11 años 9 meses antes #73241 por Marcos Oviedo
Respuesta de Marcos Oviedo sobre el tema Remedición
Concuerdo con "Orellana". Se recomienda la asistencia del solicitánte a efectos de señalar el inmueble objeto de la remedición, así como sus colindancias; Así el Notario se cura en salud, de cualquier equivoco respecto a esos aspectos.
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