Bueno si se presentan cuando aun no se ha publicado en el Diario, se suspenderá el proceso, y en ese lapso de tiempo se le otorgara al nuevo pretendiente el derecho de probar su legitimidad en dicha herencia, y sino se presenta antes de que se haya mandado a publicar, tiene quince días después de la ultima publicación para reclamar su derecho, y sino lo hace la resolución sera a favor de sus clientes, quedando el derecho expedito a los que se crean tener mejor o igual derecho, el termino sino se cuando expira en esta situación. es mi opinión.