A mi juicio, lo más indicado es un Poder Especial, en el que se faculta a la persona designada, especificamente para que firme en nombre y representación de la otorgante, las planillas de pagos de los salarios.....El Poder Administrativo es para conceder facultades para realizar toda clase de gestiones y la mejor toma de decisiones sobre un bien ya sea mueble o inmueble, esa es mi humilde opinión. Y por supuesto cuando retorne al país la mandante, debería revocar el poder para evitar consiguientes problemas legales.